Artículo 81, 82, 83

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Artículo 83.- Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada conforme a lo establecido por esta Ley, en sus respectivos portales de internet, la información de interés público por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señala:

 

Inciso A.-
El plan de desarrollo Institucional.

Inciso B.-
Lista de sujetos obligados en el Estado
Inciso C.-
La relación de observaciones y resoluciones emitidas y el seguimiento a cada una de ellas, incluyendo las respuestas entregadas por los sujetos obligados a los solicitantes en cumplimiento de las resoluciones.

Inciso D.-
Los criterios orientadores que deriven de sus resoluciones.

Inciso E.-
Las actas de las sesiones del pleno y las versiones estenográficas.

Inciso F.-
Los resultados de la evaluación al cumplimiento de la presente Ley por parte de los sujetos obligados.

Inciso G.-
Los estudios que apoyan la resolución de los recursos de revisión.

Inciso H.-
En su caso, las sentencias, ejecutorias o suspensiones judiciales que existan en contra de sus resoluciones.

Inciso I.-
El número de quejas, denuncias y recursos de revisión dirigidos a cada uno de los sujetos obligados.